Son deberes y atribuciones del Secretario de Derechos Humanos:
- Desarrollar acciones destinadas a la defensa de los derechos humanos de los asociados y especialmente en lo relacionado con las garantías de igualdad de trato y de género para el ejercicio laboral y sindical.
- Recibir y procesar las denuncias sobre violaciones a derechos humanos y garantías laborales de los asociados.
- Diseñar, proponer y coordinar proyectos en materia de derechos humanos.
- Mantener comunicación con las organizaciones e instituciones nacionales e internacionales dedicadas a la defensa de los derechos humanos.
- Ejecutar acciones de solidaridad con organizaciones gremiales fraternas dentro y fuera del país, para la defensa de los derechos humanos.
- Promover y coordinar con la Comisión Administrativa las acciones que deban emprenderse ante otras organizaciones en defensa de los agremiados.
- Firmar conjuntamente con el Secretario General toda la correspondencia y documentos que correspondan a su Secretaría.
Son deberes y atribuciones del Prosecretario de Derechos Humanos:
- Colaborar con el Secretario de Derechos Humanos en el ejercicio de las funciones que éste le delegue o encomiende, siendo su colaborador natural, y reemplazarlo de acuerdo a lo establecido en el Art. 27º del presente estatuto.
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