Son deberes y atribuciones del Secretario General:
- Ser representante de la Asociación en todos los actos jurídicos, gremiales y sociales.
- Firmar la correspondencia oficial conjuntamente con el Secretario que corresponda.
- Informar de todo acto o gestión a la Comisión Administrativa.
- Autorizar los gastos y pagos aprobados por la Comisión Administrativa.
- Firmar las actas y resoluciones de Comisión Administrativa, correspondientes a las reuniones que asista.
- Firmar conjuntamente con el Secretario de Finanzas y el Secretario Administrativo los cheques para retiro de fondos, pagos y todas las operaciones que se refieren los Arts. 5º y 6º, así como también la Memoria y Balance.
- Nombrar con acuerdo de la Comisión Administrativa los empleados que estime necesario y las subcomisiones.
- Vigilar la buena marcha del organismo y el fiel cumplimiento del Estatuto, de los acuerdos y resoluciones de la Comisión Administrativa y Asambleas.
- Convocar y presidir las reuniones de la Comisión Administrativa y Asambleas.
- Resolver por sí en los casos de real urgencia y adoptar las medidas que juzgue convenientes, con la obligación de dar cuenta en la primera reunión que celebre la Comisión Administrativa, para su oportuna resolución.
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